martes, 30 de septiembre de 2014



FACTURA RAPIDA Y PERSONALIZADA




ANULACION DE FACTURA Y FUNCION NOTA A CREDITO



miércoles, 13 de agosto de 2014


TUTORIALES CAJA REGISTRADORA ACLAS


ELEMENTOS IMPORTANTES


ENCENDIDO Y COLOCACION DE PAPEL


COMO ACTIVAR UN CAJERO

domingo, 13 de julio de 2014

ASISTENCIA TÉCNICA


MC TECHNOLOGIES le ofrece soporte personalizado directamente en dónde se encuentren los Equipos a atender. Si no desea establecer ningún tipo de contrato, y necesita un servicio rápido y eficiente, MC TECHNOLOGIES le ofrece servicio técnico de asistencia personalizada para la reparación de averías e incidencias en equipos informáticos a domicilio. Nuestro servicio de asistencia técnica a empresas o domicilios es 100% garantiza, a la mayor brevedad.

Las funciones de asistencia presencial las dividimos en las siguientes áreas:

Intervención urgente: Tras el análisis previo de nuestro departamento de soporte técnico a distancia, se conviene el desplazamiento para subsanar un problema específico.

Intervención programada: Se fija un desplazamiento a las instalaciones del cliente con una descripción previa de las tareas que se van a realizar y el tiempo que se va a dedicar en ellas.

Mantenimiento: Tras fijar un calendario periódico en fechas y horarios y con una descripción previa de las tareas que se van a realizar, se programan intervenciones en el tiempo de asistencia presencial.

Lo invitamos a que se ponga en Contacto con nosotros para que conozca nuestros diferentes planes de Contratos de Servicios Técnicos y costos por evento. “La prioridad de MC TECHNOLOGIES es la reducción de costos de operación y asegurar su mayor eficiencia”.



MC TECHNOLOGIES incorpora el Servicio de Asistencia Técnica Remota, el servicio más rápido, seguro e innovador que permite resolver la mayoría de las incidencias en los sistemas informáticos.
Este servicio está especialmente diseñado para ofrecer soporte técnico sobre software de facturación y configuraciones a equipos.
El servicio de Asistencia Remota permite disponer de forma inmediata de los profesionales con certificación en todos los productos que ofrecemos.


¿Qué ventajas tiene?

Este servicio es útil tanto para la reparación de anomalías en equipos como para solicitar ayuda en el uso del sistema, programas y aplicaciones.
Una vez solicitado y autorizado el servicio, el Servicio Técnico de MC TECHNOLOGIES podrá ponerse en contacto con el equipo del cliente vía Internet para intervenir directamente con el ordenador, sin requerir la acción del cliente para resolver el problema, como si el técnico se desplazara a su lado.

Beneficios

  • Asistencia inmediata a través de la Web o mediante una llamada telefónica.
  • Permite reducir costos, ya que no es necesario que el técnico o el equipo se desplacen.
  • Ideal para situaciones de emergencia.
  • Soporte directo al usuario final.
  • Un medio de comunicación instantánea, fiable y de acceso universal.

¿Cómo funciona?

Una vez autorizada la actuación del Servicio Técnico de MC TECHNOLOGIES por parte del cliente se podrá empezar a gestionar el PC del cliente de forma remota.
Esto permitirá hacer los cambios necesarios para resolver el problema sin necesitar la intervención del cliente.

Podrás, en todo momento, desconectar la sesión

El procedimiento más sencillo:

  • Solicitud del Cliente vía Web o llamada telefónica.
  • Conexión vía Internet entre el PC del cliente y el centro de soporte de MC TECHNOLOGIES bajo condiciones seguras.
  • Diagnóstico del problema.
  • Corrección del problema, si es posible.
  • Desconexión del sistema.

¿Cómo acceder al servicio?

Es necesario concertar previamente la asistencia técnica. Ésta se realizará lo más inmediatamente posible. Te indicamos nuestros canales de comunicación:

Teléfono: (507) 395 2753
www.mctechpanama.com 

viernes, 4 de julio de 2014


LA LEY FISCAL EN PANAMA
Mediante Ley 72 de 27 de septiembre de 2011, la cual reforma la Ley 76 de 1976, Ley 34 de 2008 y la Ley 62 de 2010, se establecen nuevas medidas fiscales en cuanto el uso de los equipos e impresoras fiscales, las cuales describimos a continuación:
Obligación de documentar
Es obligatoria la expedición de factura o de documento equivalente para acreditar toda operación relativa a transferencia, venta de bienes y prestación de servicios por parte de las personas residentes en el territorio panameño, cualquiera sea la forma en que se perfeccione la transferencia, la venta de bienes o la prestación de servicios, la forma de pago, así como la nacionalidad de las partes.

Anteriormente la ley describía que todo contribuyente que tuviera aviso de operaciones o licencia comercial o industrial para operar, mientras que
ahora se describe que todo aquel persona residente en territorio panameño, independiente de que no genere ingresos de fuente panameña.

INFORMACION DE LAS FACTURAS

  1. La denominación que corresponda según el tipo de documento, sea factura o recibo.
  2. La numeración consecutiva y única por punto de facturación.
  3. El número de registro del equipo fiscal.
  4. El nombre y apellido o razón social, domicilio y número de Registro Único de Contribuyente del emisor.
  5. La fecha (día, mes y año) de emisión de la factura o documento equivalente.
  6. La descripción de la operación con indicación de cantidad y monto. Podrá omitirse la cantidad en aquellas operaciones que por sus características no pueda expresarse.
  7. El desglose del impuesto de transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios, del impuesto selectivo al consumo de ciertos bienes y servicios y de cualquier otro impuesto de retención que cause la operación.
  8. El valor individual de la transferencia, la venta de los bienes o la prestación del servicio y de la suma total de la factura.
  9. El logotipo fiscal.
  10. En los casos en que se carguen o cobren conceptos adicionales, que se realicen descuentos, bonificaciones, anulaciones y cualquier otro ajuste al precio o remuneración convenidos, la descripción y valor de estos.

Lo nuevo es que aquellos contribuyentes que tienen la obligación de utilizar equipos fiscales, sus facturas deben incluir el número de equipo y logotipo fiscal.

 ¿QUIENES ESTAN EXCEPTUADOS DEL USO DE EQUIPO FISCAL?

  1. La actividad agropecuaria cuyos ingresos gravables brutos anuales sean menores de doscientos cincuenta mil balboas (B/.250,000.00).
  2. La transmisión de bienes inmuebles y de aquellos bienes muebles que deban constar o consten en escrituras públicas.
  3. Los servicios de transporte público de pasajeros, nacional e internacional, por vía terrestre, aérea o marítima.
  4. Los servicios de transporte de carga de derivados del petróleo.
  5. Las operaciones y servicios en general realizados por los bancos y otras instituciones financieras, incluidas las empresas de arrendamiento financiero y los fondos de inversión, así como las actividades realizadas por las instituciones bancarias de crédito, fiduciarias o financieras regidas por leyes especiales, las cooperativas, las instituciones y fondos de ahorros, los fondos de pensión, los fondos de retiro y previsión social y las entidades de ahorro y préstamo.
  6. Las operaciones realizadas por las bolsas de valores y de productos autorizadas para operar en Panamá.
  7. Los servicios prestados bajo la relación de dependencia de conformidad con el Código de Trabajo.
  8. Los servicios prestados en ejercicio de profesiones liberales, artesanales y artísticas, en forma independiente o a través de sociedades civiles.
  9. Las personas naturales o jurídicas que realicen las actividades de ventas de productos o servicios por medio de vendedores ambulantes que no empleen vehículos automotores.
  10. La actividad de arrendamiento de bienes inmuebles bajo contratos notariados o inscritos en el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, realizada por personas naturales o jurídicas que administran sus propios bienes sin la intervención de terceras personas.
  11. Las actividades de las asociaciones de copropietarios relacionadas con el cobro de las cuotas de mantenimiento para cumplir con el régimen de propiedad horizontal.
  12. Las actividades de los agentes comisionistas que correspondan a gastos reembolsables, en cuyo caso podrán ser documentadas mediante comprobantes no fiscales. La Dirección General de Ingresos reglamentará esta disposición.
  13. Las entidades, asociaciones o gremios sin fines de lucro del país, siempre que se encuentren debidamente autorizados para recibir donaciones deducibles por la Dirección General de Ingresos.
  14. Las entidades privadas debidamente autorizadas por la Autoridad Marítima de Panamá para que garanticen el cumplimiento de las normas de construcción, navegación, prevención de la contaminación y de seguridad de las naves mercantes, de transporte de pasajeros, de placer, de investigación científica, trabajo, exploración petrolífera y de perforación de tráfico internacional, estén o no inscritas, en la Marina Mercante de Panamá.
  15. Los hostales que tengan menos de siete cuartos.
  16. Cualquiera otra actividad que por su volumen de operaciones o naturaleza a juicio de la Dirección General de Ingresos debe estar exceptuada del uso de equipos fiscales; sin embargo, esta Dirección puede solicitar información necesaria para controlar la obligación de documentar como si hubiera impresora fiscal.


Las actividades antes descritas deberán documentar sus transacciones a través de facturas o documentos autorizados por la Dirección General de Ingresos.


ZONAS LIBRES Y ZONA LIBRE DE COLON

En cuanto a las operaciones relacionadas con las ventas o transferencias de productos y servicios entre empresas que operan dentro de la Zona Libre de Colón se regirán por el documento de Declaración de Movimiento Comercial Electrónico exigido para tales transacciones, según disposiciones vigentes de la Zona Libre de Colón. En caso de liquidaciones de aduana de mercancía hacia el territorio fiscal de la República de Panamá, por empresas que operan dentro de la Zona Libre de Colón, dichas liquidaciones deben incluir copia de la Declaración de Movimiento Comercial Electrónico correspondiente, en la que se indique que el destino de la mercancía es el territorio fiscal de Panamá.
En lo que se refiere a las otras Zonas Francas hasta que dispongan de un sistema de movimiento comercial electrónico capaz de integrarse a los sistemas informáticos de la DGI, la disposición del uso de Equipos Fiscales será extensiva a toda operación relacionada con la venta o transferencia de productos y servicios entre empresas que operan dentro de las Zonas Libres o Francas que existan o sean creadas, así como las ventas que realicen en el territorio fiscal de Panamá las empresas que operen dentro de estas Zonas.


SANCIONES

Multa de mil balboas (B/.1,000.00) a cinco mil balboas (B/.5,000.00), la primera vez, y con multa de cinco mil balboas (B/.5,000.00) a quince mil balboas (B/.15,000.00) en caso de reincidencia. Además, la Dirección General de Ingresosdeberá decretar el cierre del establecimiento de dos a diez días en caso de reincidencia. Si persiste el incumplimiento, se establecerá la sanción del cierre del establecimiento por quince días.
Los compradores de bienes y servicios que a la salida del local o establecimiento comercial carezcan de la factura o su equivalente emitido por los equipos fiscales serán sancionados, con un _B/.1.00 o el 7% del valor de la compra efectuada.
En todo establecimiento de venta de bienes o servicios a los consumidores, los proveedores de dichos bienes y serviciosdeberán colocar anuncio de las sanciones antes mencionadas, en forma clara, precisa y en lugar visible al público, en un letrero de dos por cuatro pies y con letras reflectivas de ocho centímetros como mínimo.
Los establecimientos comerciales que no cuenten con el anuncio antes indicado en lugar visible se multarán con cien balboas (B/.100.00), la primera vez, y si el establecimiento reincide, la multa se aumentará en cien balboas (B/.100.00) más cada vez que se compruebe el incumplimiento.


CREDITO FISCAL

  • 50% del costo del equipo fiscal y hasta B/.700.00, el que sea menor.
  • Para aquellas personas naturales y jurídicas con ingresos de hasta B/.36,000.00 al 31 de diciembre de 2010, se le dará un crédito del 100% del costo del equipo fiscal y hasta B/.850.00
  • Podrán ser utilizados para el pago de tributos administrados por la Dirección General de Ingresos, con excepción del impuesto de transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios. El derecho al crédito fiscal, al igual que el propio crédito fiscal, podrá ser cedido a otros contribuyentes.

Fuente: http://www.pymesgestionpanama.com/component/content/article/25-tributacion-contribuyentes/82-equipos-fiscales.html

sábado, 28 de junio de 2014


A2 Administrativo Básico + Punto de Ventas ha sido diseñada para pequeñas y medianas empresas que requieren llevar sus procesos administrativos.  Es un sistema integral que se encarga de la automatización y control administrativo de todas las áreas de una empresa pequeña.

  • Inventario.
  • Cuentas por Pagar
  • Cuentas por Cobrar
  • Bancos
  • Ventas
  • Clientes
  • Vendedores
  • Proveedores

A2 PUNTO DE VENTA:

Aplicación diseñada especialmente para la venta al detal de productos y servicios de forma rápida, sencilla y segura. Es un sistema pensado para UD. y su negocio, cualquiera sea su rubro. Resuelve con eficiencia y sencillez todos los procesos que permiten automatizar las ventas, facturar productos y/o servicios, administrar los cierres de caja en múltiples formas de pago, operar con lectores de códigos de barra, incorporar claves de acceso por cajero y supervisor y obtener estadísticas de ventas. Versatilidad que le permite personalizar el sistema de acuerdo a las necesidades de su negocio. Operación con Touch Screen o Teclado, sobre PC POS o Simples Computadoras.  Combina la más alta tecnología informática con requerimientos mínimos de hardware.  Su cajero tendrá mas rapidez en la facturación.

GENERALIDADES DEL ADMINISTRATIVO BÁSICO:

Manejo de 2 impuestos. Configuración de alícuotas. Manejo del período flexible. Posibilidad de ajustar existencias detallada. Manejo de tres (3) precios (Configurables) Porcentaje de Mora. Trabajar con céntimos ventas. Comisiones sobre ventas. Márgenes de Utilidad. Cerrar Estados de Cuentas. Respaldo de Datos Recuperación de datos Cierre de Período.

GENERALIDADES DEL PUNTO DE VENTA:

Manejo de altos volúmenes de transacciones. Manejos de turnos para cajeros. Manejo de impresoras Fiscales Epson. Manejo de códigos únicos asociados. Manejo de lotes y vencimientos (Medicinas). Manejo de tallas y colores (Ropa y zapatos). Manejo de caja rápida (Máximo número de productos). Capacidad de operar en modo protegido de manera que si interrumpe el suministro de energía todos los ítem que se incluyeron antes de la caída se restituyan automáticamente. Manejo de fotos en el punto para productos y clientes.


viernes, 27 de junio de 2014

CAJAS REGISTRADORAS FISCALES



Es una caja registradora fiscal térmica robusta y de alta calidad, con un atractivo y moderno diseño,  que con su gaveta electrónica de dinero, brinda todo lo necesario para cumplir con las normas fiscales vigentes en el país.

Descripción General:

o    Homologada por la DGI mediante resolución 201-6216 del 068 de junio de 2011
o    Maneja hasta 3000 productos.
o    8 departamentos programables.
o    Memoria Fiscal con capacidad de 1825 reportes Z.
o    Memoria de Auditoría Electrónica 2GB.
o    Capacidad para imprimir la razón social y R.U.C. del cliente.
o    Papel de 57 mm de ancho.
o   Batería interna que permite utilizar la Caja Registradora hasta por 72 horas sin conexión a la red eléctrica.
o    4 Tasas de impuestos programables más Exento.
o    120 Teclas de ventas directas.
o    4 Cajeros programables.
o    Maneja 37 tipos de código de barras.
o    Gaveta de dinero removible.
o    Maneja descuentos y recargos por porcentajes.
o    Control de inventarios.
o    Anulaciones bajo clave.
o    4 medios de pago.
o    1 año de garantía.






La IPALM es una caja registradora fiscal portátil, su compacto tamaño la convierte en un equipo versátil y totalmente transportable, diseñada para altos volúmenes de venta, fácil de manejar, autonomía de más 6 horas de facturación continua sin alimentación eléctrica y con una amplia gama en opciones de conectividad.

Especificaciones:

o    Homologada por la DGI mediante resolución N° 201-12488 del 19 de noviembre de 2011
o    Dimensión: 296 x 96 x 71 mm (largo x ancho x alto).
o    Peso: sobre 0.9 Kg
o    Recibo de 57mm
o    Memoria de datos 3000 PLU, 10 Dptos. y hasta 1000 clientes
o    Método de impresión: Térmica directa
o    Teclado: 30 teclas
o    Pantalla operador: LCD 1 línea, 16 caracteres.
o    Pantalla cliente: LCD 1 línea, 16 caracteres.
o    Posee conectores Rs232, Rj11 y mini USB para conectar scanner, balanza o gaveta de dinero.
o    Impresión de alta velocidad de hasta 70mm/seg
o    Batería de Litio de 7.4V 1500MAh, autonomía 6 horas de trabajo continuo.
o    Posee modo ahorro de Energía.
o    Garantía de 1 año.




La NEON es una Caja Registradora Fiscal Portátil homologada por la D.G.I. bajo Resolución No. 201-7574, Un dispositivo seguro y confiable  que ha sido el resultado de nuestro compromiso con la innovación tecnológica. Además de su portabilidad, ofrece un 25% más de rapidez que sus predecesoras, imprime texto y gráficas a la misma velocidad, diseñada para altos volúmenes de venta, fácil de manejar, autonomía de más de 6 horas de facturación sin alimentación eléctrica, con una amplia gama en opciones de conectividad a cualquier sistema de facturación para la extracción de reportes y accesorios que la hacen la más versátil: Cargador de vehículo, estuche trasportador, cobertor, protector de teclas y gaveta de dinero.

Especificaciones:

o    Homologada por la DGI mediante resolución N° 201-7574 del 5 de Julio de 2012
o    Recibo de 80mm.
o    La misma velocidad de impresión para texto y gráficos.
o    Tecnología de Impresión Térmica.
o    Impresión de alta velocidad de hasta 70mm/seg.
o    Manejo de base de Datos de Clientes.
o    Memoria de datos 3000 PLU, 10 Dptos. y hasta 1000 clientes
o    Batería de Litio de 7.4V 1500MAh. Autonomía 6 horas de trabajo continuo.
o    Posee modo ahorro de Energía.
o    Características Físicas 325 x 190 x 105 mm (Ancho x largo x Alto)
o    Peso: 1.2 Kg aprox.
o    Grantia de 1 año.




Características:

o    Homologada por la DGI mediante resolución 201-6849 del 12 de Junio de 2013
o    Memoria fiscal con capacidad de 2000 Reportes Z
o    Memoria de auditoria Micro SD de 2GB
o    Carga fácil SEIKO con una resolución de 8 puntos / mm
o    Velocidad de impresión hasta 80 mm/s
o    Capacidad de 32 caracteres por línea
o    Papel térmico de 57mm
o    Puertos USB / teclado 28 teclas
o    Manejo de 10.000 PLU y 1000 clientes programables
o    Batería de suministro Li-on 7.4V / 2000 mAh
o    Maneja 5 tasas de impuestos, 20 cajeros, 4 métodos de pago.
o    Imprime logo y código de barras
o    Dimensiones 103 x 210 x 460 mm
o    Pantalla del cliente y pantalla de usuario
o    Fabricado en Bulgaria
o   1 año de garantía